lunes, 23 de abril de 2018

La impunidad de los diputados tiene su fuerza en el sistema de circuitos electorales y en su juzgamiento por la Corte Suprema

El cúmulo de fueros y privilegios de los que gozan los diputados los ha convertido en figuras intocables. Tal poder los ha colocado en una posición de impunidad y de beneficiarios de prebendas que facilitan sus actos de corrupción, su desprecio por la ley, y su condición de intocables.

Pero, ¿dónde radica el sostén de ese mal? Nada más y nada menos que en la forma de elegirlos, a través del sistema de circuitos electorales, y en la disposición constitucional que reserva a la Corte Suprema el investigarlos y procesarlos. Allí, principalmente, tiene su fuerza y su origen la impunidad y la corrupción de las que un buen número de ellos hace gala.

La manera en que se conciben los circuitos electorales es, en gran medida, la causa de los males políticos que afectan a los miembros del órgano legislativo. Los artículos 147, 150 y 155 de la Constitución Política de la República de Panamá son la clave para comprender esa situación. Al dividir en tantos circuitos electorales a un país pequeño como el nuestro, se crean feudos a la medida de los diputados. Y es en función de estos feudos -circuitos electorales- que el diputado actúa y piensa desde la perspectiva electoral. De allí que el mecanismo de las partidas circuitales -disfrazadas o no- le permita hacer o conseguir "obras para su comunidad" y financiarse, velada o abiertamente, la campaña para su reelección. Diputados usurpando las funciones propias de un alcalde, tales como: construcción de campos deportivos, reparación de calles y de edificios públicos, financiamiento de comedores populares, reparto de alimentos y enseres, y otras gestiones similares son cosa común entre los funcionarios legislativos. Un circuito electoral es, pues, a un diputado, lo que representa para un pastor su congregación de fieles, con diezmo incluido. Por eso no es de extrañar que esta práctica se convierta en una vía expedita hacia la corrupción. Cuanto más años permanezca un diputado en el cargo, más riesgo de corrupción experimentará.

Por su parte, el amarre constitucional con la Corte, para que puedan ser investigados y procesados, es un obstáculo para que el brazo de la justicia los alcance. Es en el artículo 155 de nuestra Carta Magna donde se sustenta la impunidad de los diputados. Al establecerse que es el pleno de la Corte el que debe llevar a cabo su investigación y procesamiento, por la presunta comisión de un acto delictivo o policivo, el diputado es beneficiado con un fuero y un privilegio por encima del resto de los ciudadanos. Ni siquiera por una infracción de tránsito o por tirar basura a la calle o hacer ruido puede ser multado. Al mismo tiempo, tal beneficio impide que haya una segunda instancia para el que resulte condenado, en abierta violación a los derechos humanos fundamentales, porque los fallos de la Corte son inapelables. Traducido en la práctica: si los diputados son investigados y procesados por el Pleno de la Corte y, a su vez, los magistrados de la Corte con investigados y juzgados por los diputados, la independencia de ambos -diputados y magistrados- se ve comprometida y crea desconfianza entre los ciudadanos cualquier actuación que permita la continuidad de los actos de impunidad y corrupción, o que dé la sensación de componendas y acuerdos turbios entre los funcionarios judiciales y los legislativos. 

Si queremos poner fin al andamiaje en que se sustenta la impunidad de los diputados, a través de una Asamblea Constituyente, debemos acabar con el sistema de circuitos electorales vigente y con el amarre que se les ha dado a los diputados con la Corte Suprema, en cuanto a su investigación y procesamiento. Los diputados deben ser elegidos por provincias. Los diputados deben ser investigados y procesados por el Ministerio Público y los juzgados competentes. Que la Corte cumpla el papel de recibir en apelación las sentencias proferidas por el resto de los tribunales, como corresponde en un estado democrático y de derecho. Ningún diputado merece gozar de fueros, privilegios y prebendas que faciliten la impunidad y la corrupción, y menos aún estar por encima de la ley.

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